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Empleo en España
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Salarios y derechos

Pagas extraordinarias en España: cómo y cuándo cobrarlas

Las dos pagas extra del año: cuándo se cobran, qué dice el artículo 31 del Estatuto, cómo funciona el prorrateo en doce nóminas y qué toca en el finiquito.

Actualizado el

Trabajadora revisando su nómina con las pagas extra marcadas

Las pagas extra —la de vacaciones y la de Navidad— suponen para la mayoría de los trabajadores españoles casi dos meses adicionales de salario al año. Aun así, las dudas básicas persisten: cuál es el mínimo, cuándo tiene que estar en la cuenta y qué pasa a mitad de contrato. Las respuestas están en el Estatuto de los Trabajadores, artículo 31, y son más directas de lo que sugiere el mito.

La paga extra: cómo funciona

El artículo 31 del Estatuto fija la regla: el trabajador tiene derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año, una por Navidad y otra en el mes que se fije por convenio colectivo o por acuerdo entre la empresa y los representantes legales de los trabajadores — y, además, la cuantía que fije el convenio colectivo. El mínimo habitual pactado es de una mensualidad cada una, pero la cifra exacta depende del convenio del sector: algunos las prorratean en las doce mensualidades (el famoso "sueldo con pagas prorrateadas"), otros las pagan en fechas fijas.

Prorrateo o pago único

Cuando el convenio colectivo acuerda prorratear las pagas, cada nómina mensual incluye una doceava parte de cada gratificación — el salario mensual sube, pero no hay meses con doble cobro. Cuando se pagan en fechas fijas, los meses de junio/julio y diciembre traen el doble de lo habitual. Ninguna de las dos modalidades cambia el total anual: la diferencia es de calendario, no de cuantía. Lo que sí cambia el total es el convenio: sectores con pagas superiores a una mensualidad existen, y comprobarlo antes de aceptar una oferta evita sorpresas.

  • Gratificación — Referencia — Cuándo se cobra
  • Navidad — Una mensualidad (o lo que fije el convenio) — Diciembre
  • Segunda paga — Una mensualidad (o convenio) — El mes que fije el convenio o el acuerdo
  • Prorrateo — Mismo total anual — Repartido en las 12 nóminas

Ejemplo de prorrateo

Con un salario mensual de 1.500 € y dos pagas extra de la misma cuantía, el total anual es 21.000 €: 18.000 € en doce nóminas más 3.000 € en gratificaciones. Si tu convenio prorratea, cada nómina pasa a ser de 1.750 € (1.500 € más la doceava parte de cada paga: 125 € + 125 €) y no hay meses de doble cobro. El total no cambia; cambia solo el calendario.

Cambiar de trabajo a mitad

Quien deja una empresa en marzo no pierde la parte proporcional: las gratificaciones devengan mes a mes, y la parte correspondiente a los meses trabajados se abona en el finiquito. La nueva empresa empieza a devengar las suyas desde la fecha de alta; los importes de la anterior no se transfieren. En el finiquito, junto a las pagas proporcionales (devengadas mes a mes desde el alta), viajan también las vacaciones no disfrutadas — la combinación que conviene revisar línea a línea antes de firmar.

Baja médica y otros casos

  • Baja médica: las pagas extra se devengan igual; el efecto de la baja está en el complemento que paga la empresa, si existe, no en la gratificación.
  • Contrato a tiempo parcial: la cuantía es proporcional a las horas trabajadas.
  • Primer empleo: la primera paga extra parcial llega en la fecha que marque el convenio, proporcional a los meses trabajados.

Para confirmar el texto vigente y la cuantía que corresponde a tu sector, el Estatuto de los Trabajadores consolidado en el BOE es la fuente primaria, y el convenio colectivo de tu actividad es el documento que fija cifras y fechas concretas.

Fuentes