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Trabajo y contratos

Periodo de prueba: duración, derechos y qué pasa si no lo superas

Cuánto puede durar el periodo de prueba según el Estatuto de los Trabajadores y tu convenio, qué derechos mantienes, cuándo es nulo y qué ocurre con el finiquito y el paro si la empresa no te lo supera.

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Ilustración de un calendario con varias semanas marcadas junto a una credencial de empresa y un símbolo de aprobado

El periodo de prueba es un tiempo inicial del contrato durante el cual tanto tú como la empresa podéis terminar la relación laboral sin preaviso y sin indemnización. Solo existe si se pacta por escrito y tiene límites: sin convenio que diga otra cosa, dura con carácter general como máximo seis meses para técnicos titulados y dos meses para el resto de personas trabajadoras, o tres en empresas de menos de 25 personas. Aquí tienes la duración según tu caso, los derechos que mantienes durante la prueba, cuándo es nulo y qué pasa con el paro si no lo superas.

Qué es el periodo de prueba

Lo regula el artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores. Su finalidad es que la empresa compruebe si desempeñas bien el puesto y que tú compruebes si el trabajo responde a lo que esperabas. No es un contrato distinto: forma parte del contrato que firmas, ya sea indefinido o temporal.

Tres ideas que conviene tener claras desde el principio:

  • Tiene que constar por escrito. Si tu contrato no lo menciona, no hay periodo de prueba.
  • Su duración máxima la fija primero el convenio colectivo y, si este no dice nada, la ley.
  • Durante la prueba eres parte de la plantilla a todos los efectos, salvo en la forma de terminar el contrato.

Cuánto dura el periodo de prueba

Si tu convenio colectivo establece una duración, se aplica esa. Si no la establece, estos son los máximos legales:

  • Técnicos titulados: hasta seis meses.
  • Resto de personas trabajadoras: hasta dos meses.
  • En empresas de menos de 25 personas trabajadoras, para quienes no sean técnicos titulados: hasta tres meses.
  • Contratos temporales de hasta seis meses: la prueba no puede superar un mes, salvo que el convenio disponga otra cosa.

Son límites máximos: la empresa puede pactar un periodo más corto, pero no uno más largo. Si tu contrato dice, por ejemplo, seis meses de prueba para un puesto de dependiente y el convenio fija un mes, ese exceso no es válido.

¿Se cuenta en días naturales o de trabajo?

Salvo que el convenio o el contrato indiquen otra cosa, el periodo se cuenta en días naturales desde tu incorporación. Algunos convenios lo expresan en días de trabajo efectivo, lo que en jornadas parciales o irregulares puede alargar la duración en el calendario. Lee con atención cómo lo redacta tu contrato.

¿Qué pasa si me pongo de baja durante la prueba?

La incapacidad temporal, el nacimiento, la adopción, la guarda con fines de adopción, el acogimiento, el riesgo durante el embarazo o la lactancia y la violencia de género solo interrumpen el cómputo del periodo de prueba si ambas partes lo acuerdan. Si hay acuerdo, el periodo se reanuda al volver; si no lo hay, sigue corriendo.

Tus derechos durante el periodo de prueba

Mientras dura la prueba tienes los mismos derechos y obligaciones que cualquier persona de la plantilla con tu puesto:

  • Cobras el salario que marca el contrato y el convenio para tu categoría, no una cantidad reducida por estar a prueba.
  • La empresa debe darte de alta en la Seguridad Social desde el primer día y cotizar por ti.
  • Generas vacaciones y la parte proporcional de las pagas extra.
  • Se aplican tu jornada, tus descansos, tus permisos y las normas de prevención de riesgos.
  • Si superas la prueba, ese tiempo cuenta para tu antigüedad en la empresa.

La única diferencia está en la extinción: cualquiera de las dos partes puede terminar el contrato durante la prueba sin tener que alegar una causa, sin preaviso y sin indemnización, salvo que el convenio establezca algo distinto.

Cuándo el periodo de prueba es nulo o no se aplica

  • Cuando no se ha pactado por escrito.
  • Cuando ya habías desempeñado las mismas funciones en esa empresa antes, con cualquier tipo de contrato. Es habitual en quien pasa de un contrato temporal a uno indefinido en el mismo puesto, o en quien vuelve a trabajar en la misma empresa haciendo lo mismo.
  • En la parte que supera la duración máxima del convenio o de la ley.

Además, aunque la empresa no necesite justificar la decisión, no puede usar la prueba para discriminar. La ley declara expresamente nula la resolución a instancia de la empresa durante la prueba por razón de embarazo, desde su inicio hasta el comienzo de la suspensión por nacimiento, o por maternidad, salvo que concurran motivos no relacionados con ellos. Tampoco es válida una decisión basada en cualquier otra causa de discriminación o que vulnere derechos fundamentales.

Qué pasa si no superas el periodo de prueba

Si la empresa decide terminar el contrato durante la prueba:

  1. Pide que te lo comuniquen por escrito, con la fecha de efectos. No es obligatorio alegar una causa, pero la comunicación escrita te sirve para cualquier trámite posterior.
  2. Revisa el finiquito: te corresponden el salario de los días trabajados, la parte proporcional de las pagas extra y las vacaciones generadas y no disfrutadas. Lo explicamos en la guía sobre qué incluye el finiquito y cómo calcularlo.
  3. Comprueba en tu informe de vida laboral que la empresa te dio de alta desde el primer día y que la fecha de baja es correcta.
  4. Si crees que la decisión puede ser discriminatoria, o que el periodo de prueba no era válido, consulta con un sindicato, un graduado social o un servicio de orientación laboral cuanto antes: el plazo para impugnar una extinción que consideres un despido es de 20 días hábiles.

¿Puedo cobrar el paro si no supero la prueba?

Si es la empresa la que termina el contrato durante la prueba, en general estás en situación legal de desempleo y puedes pedir la prestación si reúnes las cotizaciones necesarias. Hay una excepción importante que explica el SEPE en sus preguntas frecuentes sobre el acceso a las prestaciones: si en los tres meses anteriores dejaste voluntariamente otro empleo y ahora cesas por no superar la prueba, no tendrás derecho a la prestación por ese cese.

Si eres tú quien abandona el puesto durante la prueba, se trata de una baja voluntaria y no genera derecho a paro.

Si eres tú quien quiere dejar el trabajo durante la prueba

Puedes hacerlo sin preaviso y sin tener que dar explicaciones, salvo que tu convenio exija algún aviso. Aun así, comunícalo por escrito, con la fecha de tu último día, y pide el finiquito. Antes de decidir, valora si te conviene tener otra oferta confirmada, sobre todo por el efecto que tiene la baja voluntaria sobre el paro.

Ejemplos prácticos

  • Marta firma un contrato indefinido como ingeniera en una empresa cuyo convenio no regula la prueba. Su contrato fija seis meses: es válido porque es técnica titulada.
  • Javier empieza como camarero con un contrato temporal de tres meses y el contrato indica dos meses de prueba. Si su convenio no dice otra cosa, la prueba no puede superar un mes.
  • Lucía llevaba un año en la empresa con un contrato temporal como administrativa y ahora le ofrecen un indefinido en el mismo puesto con tres meses de prueba. Como ya ha desempeñado esas funciones, el pacto de prueba es nulo.
  • Alberto trabaja en un taller con doce personas en plantilla, no es técnico titulado y su convenio no regula la prueba. El máximo es de tres meses.

Qué revisar en tu contrato antes de firmar

  • Que la duración de la prueba figure por escrito y no supere la del convenio o la ley.
  • Si se expresa en días naturales o de trabajo efectivo.
  • Tu categoría profesional, porque determina si eres técnico titulado a estos efectos.
  • Que no hayas hecho ya esas mismas funciones en la empresa.
  • Si el convenio exige preaviso para desistir durante la prueba.

Tienes una lista más completa en la guía sobre cuándo firmar el contrato de trabajo y qué revisar antes.

Preguntas frecuentes sobre el periodo de prueba

¿El periodo de prueba en un contrato indefinido puede durar un año?

No con la normativa actual. El antiguo contrato de apoyo a emprendedores, que permitía un año de prueba, desapareció en 2019. Hoy se aplican los límites del convenio o, en su defecto, los de la ley.

¿Me tienen que pagar menos durante la prueba?

No. Cobras el salario que corresponde a tu puesto y categoría desde el primer día.

¿Me pueden renovar el periodo de prueba?

No se puede repetir la prueba para las mismas funciones en la misma empresa. Si cambias a un puesto con funciones distintas, sí podría pactarse un nuevo periodo.

¿Las empleadas y empleados de hogar tienen periodo de prueba?

Sí, pero con su propia regulación, distinta de la del Estatuto de los Trabajadores. Lo repasamos en la guía del contrato para empleo de hogar.

¿Si supero la prueba cuenta para la antigüedad?

Sí. Superado el periodo sin que ninguna parte haya terminado el contrato, este produce plenos efectos y el tiempo de la prueba se suma a tu antigüedad.

Fuente oficial para comprobar la información

Puedes leer el texto vigente del periodo de prueba en el Estatuto de los Trabajadores consolidado del BOE. Recuerda que tu convenio colectivo puede fijar duraciones distintas; esta guía es informativa y no sustituye el asesoramiento sobre tu caso.

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