Trabajo y contratos
Contrato fijo, indefinido y temporal: diferencias y cuándo pasas a ser fijo
En la empresa privada, fijo e indefinido son lo mismo; la diferencia está con el temporal. Te explicamos las causas de un contrato temporal, cuándo se convierte en fijo y qué cambia en la Administración pública.

En una empresa privada, «fijo» e «indefinido» significan lo mismo: un contrato sin fecha de fin. La diferencia real está entre ese contrato indefinido y el temporal, que solo se puede firmar por dos causas concretas y tiene una duración limitada. Donde «fijo» e «indefinido» sí han tenido significados distintos es en la Administración pública, donde además la jurisprudencia ha cambiado en 2026. En esta guía tienes las diferencias explicadas con ejemplos, cuándo un temporal pasa a ser fijo y cómo saber qué contrato tienes de verdad.
Fijo e indefinido: en la empresa privada son lo mismo
El Estatuto de los Trabajadores no usa la palabra «fijo» para crear un tipo de contrato distinto. Su artículo 15 parte de una regla clara: el contrato de trabajo se presume concertado por tiempo indefinido. Cuando alguien dice «me han hecho fijo», en una empresa privada quiere decir que su contrato ya no tiene fecha de fin.
Dentro de ese contrato indefinido caben varias formas de trabajar:
- Indefinido ordinario a jornada completa, la modalidad más habitual.
- Indefinido a tiempo parcial: la relación es indefinida aunque trabajes menos horas que una jornada completa.
- Fijo discontinuo: indefinido, pero con actividad por temporadas o intermitente. Lo explicamos en la guía del contrato fijo discontinuo.
Si quieres profundizar en qué implica la estabilidad de este contrato y qué revisar antes de firmarlo, tienes la guía sobre qué significa un contrato indefinido.
Qué es un contrato temporal y cuándo se puede usar
Desde la reforma laboral que entró en vigor en 2022, el contrato temporal, que la ley llama de duración determinada, solo se puede firmar por dos causas, y el contrato tiene que explicar con precisión cuál es y por qué justifica esa duración:
Por circunstancias de la producción
Sirve para un aumento ocasional e imprevisible de la actividad o para oscilaciones que desajustan temporalmente la plantilla, incluidas las que se deben a las vacaciones. Su duración máxima es de seis meses, ampliable hasta un año si lo permite el convenio sectorial. También puede usarse para situaciones ocasionales y previsibles de corta duración, con un máximo de 90 días en el año natural, o 120 en el sector agrario y agroalimentario, que no pueden usarse de forma continuada.
Por sustitución de una persona trabajadora
Se usa para cubrir a alguien que tiene derecho a reserva de puesto, por ejemplo durante una baja, un permiso o una excedencia, y el contrato debe indicar el nombre de la persona sustituida y la causa. También sirve para completar la jornada que otra persona ha reducido por una causa legal o para cubrir un puesto mientras se selecciona a quien lo ocupará de forma definitiva, en este caso durante un máximo de tres meses.
Los contratos formativos
Además existen los contratos formativos, que también tienen duración limitada: el de formación en alternancia, que combina trabajo y estudios, y el de obtención de la práctica profesional, pensado para quien acaba de terminar unos estudios. Tienen reglas propias de duración, salario y tutoría.
Diferencias entre contrato indefinido y temporal
Los derechos durante el contrato son los mismos: el artículo 15.6 reconoce a las personas con contrato temporal los mismos derechos que a quienes tienen uno indefinido, de forma proporcional al tiempo trabajado cuando corresponda. Lo que cambia es esto:
- Duración: el indefinido no tiene fecha de fin; el temporal termina cuando desaparece la causa o se agota la duración máxima.
- Causa: el indefinido no necesita justificarse; el temporal debe explicar su causa en el propio contrato.
- Fin del contrato: al terminar un temporal te corresponde una indemnización de 12 días de salario por año trabajado, salvo en los contratos de sustitución y los formativos. En el indefinido, la indemnización depende del tipo de despido.
- Cotización por desempleo: la parte que paga la persona trabajadora es del 1,60 % en los temporales y del 1,55 % en los indefinidos, en los contratos de sustitución, formativos y de relevo y en los de personas con una discapacidad igual o superior al 33 %, según los tipos de cotización de 2026 de la Seguridad Social.
- Periodo de prueba: en los temporales de hasta seis meses, la prueba no puede superar un mes salvo que el convenio diga otra cosa. Te lo contamos en la guía del periodo de prueba.
- Vacantes: la empresa debe informar a quienes tienen contrato temporal de los puestos indefinidos que queden libres, para que puedan optar a ellos.
¿Existe un «contrato indefinido temporal»?
No como tal: un contrato es indefinido o es de duración determinada. Cuando alguien busca «indefinido temporal», normalmente se refiere a una de estas situaciones:
- Un indefinido a tiempo parcial, que tiene menos horas pero no tiene fecha de fin.
- Un fijo discontinuo, que es indefinido aunque solo trabajes una parte del año.
- Un indefinido que incluye periodo de prueba: durante la prueba el contrato puede terminar, pero sigue siendo indefinido.
- La antigua figura del indefinido no fijo en la Administración pública, que explicamos más abajo.
Cuándo un contrato temporal se convierte en fijo
La ley establece que adquieres la condición de persona trabajadora fija, es decir, con contrato indefinido, en estos casos:
- Cuando el contrato temporal no respeta las causas o los requisitos del artículo 15, por ejemplo si no explica la causa o se usa para una actividad permanente.
- Cuando la empresa no te da de alta en la Seguridad Social pasado un plazo igual al que podría haberse fijado para el periodo de prueba.
- Cuando en un periodo de 24 meses has estado contratado más de 18 meses, con o sin interrupciones, en el mismo o distinto puesto de la misma empresa o grupo, mediante dos o más contratos por circunstancias de la producción, directamente o a través de una ETT.
- Cuando un mismo puesto ha estado ocupado más de 18 meses en 24 mediante contratos por circunstancias de la producción: quien lo ocupe entonces adquiere la condición de fija.
En todos estos casos, la empresa debe entregarte por escrito, en los diez días siguientes, un documento que acredite tu nueva condición. Además puedes pedir al servicio público de empleo un certificado de los contratos temporales que has tenido para acreditarlo.
Fijo, indefinido y temporal en la Administración pública
En el sector público las palabras tienen matices propios. El artículo 11 del Estatuto Básico del Empleado Público dice que el personal laboral de las Administraciones puede ser fijo, por tiempo indefinido o temporal:
- Personal laboral fijo: ha obtenido su plaza en un proceso selectivo público basado en la igualdad, el mérito y la capacidad, normalmente una oposición o un concurso-oposición.
- Personal laboral temporal: cubre necesidades justificadas de necesidad y urgencia, con procesos de selección rápidos, como las bolsas de empleo.
Además están los funcionarios, que no tienen contrato laboral sino una relación administrativa: de carrera, si tienen plaza, o interinos, si cubren de forma temporal una vacante o una sustitución.
Qué ha pasado con el «indefinido no fijo»
Durante años, cuando una Administración encadenaba contratos temporales de forma irregular, los tribunales declaraban a la persona «indefinida no fija»: mantenía el puesto sin fecha de fin, pero sin ser personal fijo. En 2026 ese criterio ha cambiado. Tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 14 de abril de 2026 en el asunto C-418/24, el Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en sentencias de 11 de mayo y 30 de junio de 2026, ha descartado que el abuso de temporalidad convierta automáticamente en fija a la persona, salvo que antes hubiera superado un proceso selectivo, y ha reconocido el derecho a una indemnización por el abuso.
Es una materia en plena evolución y cada caso depende de la trayectoria concreta, así que si has encadenado contratos temporales en una Administración conviene que consultes tu situación con la representación sindical o con asesoramiento laboral.
Cómo saber qué contrato tienes
- Lee el encabezado de tu contrato: debe indicar la modalidad y, si es temporal, la causa concreta.
- Descarga tu informe de vida laboral: la clave de contrato empieza por 1 o 2 en los indefinidos, por 3 en los fijos discontinuos y por 4 o 5 en los temporales.
- Revisa tu nómina: si te descuentan un 1,60 % por desempleo, tu contrato es temporal; el 1,55 % corresponde a los indefinidos y a algunos temporales, como los de sustitución o formativos.
- Si hay contradicciones entre estos tres documentos, pide una aclaración por escrito a la empresa.
Ejemplos prácticos
- Sara firma con una empresa de logística un contrato «por circunstancias de la producción» sin explicar qué pico de actividad lo justifica. Si la causa no está especificada con precisión, el contrato puede considerarse indefinido.
- Iván encadena tres contratos por circunstancias de la producción en la misma empresa y suma 19 meses en los últimos dos años. Ha adquirido la condición de fijo y la empresa debe dárselo por escrito.
- Nuria sustituye a una compañera de baja por nacimiento. Su contrato de sustitución termina cuando la compañera se reincorpora y, por ser de sustitución, no genera la indemnización de 12 días.
- Andrés lleva años en un ayuntamiento encadenando contratos temporales sin haber superado ningún proceso selectivo. Con el criterio actual del Tribunal Supremo no pasa a ser fijo por ese motivo, pero puede reclamar una indemnización por el abuso de temporalidad.
Preguntas frecuentes sobre contratos fijos, indefinidos y temporales
¿Un contrato indefinido me garantiza el empleo para siempre?
No. Significa que no tiene fecha de fin, pero puede terminar por las causas que prevé la ley, como un despido o una baja voluntaria.
¿Cuánto puede durar como máximo un contrato temporal?
Depende de la causa: seis meses por circunstancias de la producción, ampliables a un año por convenio sectorial; 90 días al año en total para las situaciones ocasionales y previsibles; en la sustitución, el tiempo que dure la ausencia de la persona sustituida, o un máximo de tres meses si cubres un puesto mientras se selecciona a su titular definitivo.
¿Tengo menos derechos con un contrato temporal?
No. Tienes los mismos derechos de salario, vacaciones, descansos y formación que el personal indefinido, con la proporcionalidad que corresponda al tiempo trabajado.
¿La empresa puede hacerme un contrato temporal para un trabajo que existe todo el año?
No. Una actividad permanente y previsible no justifica un contrato temporal; en ese caso lo adecuado es un contrato indefinido o, si es por temporadas, un fijo discontinuo.
¿Qué hago si creo que mi contrato temporal es irregular?
Reúne tus contratos, nóminas y tu vida laboral y consulta con la representación de la plantilla, un sindicato o un servicio de orientación laboral. También puedes pedir al servicio público de empleo el certificado de tus contratos temporales.
Fuentes oficiales para comprobar la información
- Estatuto de los Trabajadores en el BOE, artículo 15, sobre la duración de los contratos.
- Estatuto Básico del Empleado Público en el BOE, artículos 10 y 11, sobre el personal interino y laboral de las Administraciones.
- Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el asunto C-418/24, sobre el abuso de temporalidad en el sector público.
Esta guía es informativa y no sustituye el asesoramiento sobre tu caso concreto.
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